Los municipios de la Cuenca del Papaloapan no tienen recursos destinados para la formación de intérpretes traductores, esto se debe a la falta de conocimiento de la importancia de esta actividad en los procesos legales y sociales, así como el desinterés en las políticas públicas de incluir a los pueblos originarios, explicó el abogado Bernardino Jiménez, Integrante de Red de Defensoría Indígena Litigio Estratégico (ReDILE).
Sostuvo que esto queda de manifiesto con los datos oficiales del Centro Coordinador de los Pueblos Indígenas (CCPI), que son las unidades operativas del gobierno federal, cuya función principal se concentra en atender los principales problemas relativos a la población indígena del país, y tienen en el programa de traductores interpretes un registro únicamente de diez personas para 22 municipios cuenqueños con una alta población de lenguas originarias.
“Hemos realizado estudios que demuestra que en la ley municipal de las demarcaciones regionales no se contempla la formación de intérpretes, existe la creación de la dirección de asuntos indígenas establecida en el artículo 56 de la ley orgánica de Tuxtepec, pero está acotada por la falta de recursos, incluso hay administraciones que la han tomado como una coordinación o una subdirección”, precisó el activista comunitario.
Refirió que la constitución política se indica que los tres niveles de gobierno deben garantizar el derecho de los pueblos indígenas, y está previsto en la Ley General de Derechos Lingüísticos, que todo indígena tiene derecho a hablar su lengua en cualquier espacio público, en todas las instituciones de gobierno y se viola ese derecho en los gobiernos locales.
“Está lejos que el derecho pueda ser garantizado, se apuesta a la buena voluntad y sensibilidad de las autoridades para dar cumplimiento a la obligación constitucional que refiere la protección de derechos humanos de los derechos lingüísticos, en la actualidad sólo Tuxtepec tiene una regiduría que no cumple con funciones prácticas y a nivel regional sólo funcionan algunos intérpretes del padrón del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI)”, lamentó Bernardino Jiménez.
Puntualizó el especialista que los intérpretes del INPI son prácticos y no tienen conocimientos legales para conocer los procesos jurídicos, aunque pueden fungir como interpretes no tienen la formación para hacer defensas legales antes injusticias o ayudar en los juzgados a personas muchas veces encarceladas por no conocer sus derechos elementales, “los juzgados no tienen intérpretes, aunque el código penal contempla desde la primera audiencia que el juez pregunte si la persona habla una lengua para garantizar el derecho, eso es letra muerta”, subrayó el entrevistado.