El Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO) resolvió la inexistencia de actos anticipados de campaña y precampaña, así como de hechos de coacción del electorado y de culpa invigilando en contra de Emilio Montero Pérez, presidente municipal reelecto en Juchitán de Zaragoza, región Istmo de Tehuantepec.
Montero Pérez, del Partido del Trabajo, fue denunciado ante el TEEO por una marcha derivada de un acto proselitista el 25 de marzo pasado, acusado de actos anticipados de campaña y precampaña.
Al respecto, el tribunal determinó que no se acreditan todos los elementos indispensables de actos anticipados de campaña y de precampaña.
“No quedó acreditado que se haya hecho un llamado expreso al voto ni a favor de ninguna candidatura o partido político ni tampoco cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral”, señaló el organismo electoral en su resolución.
En cuanto al señalamiento por coacción, “se estima que la conducta denunciada hecha valer por el denunciante es inexistente, toda vez que no se tienen elementos que determinen que el denunciado haya realizado coacción a los electores como refiere el denunciante”.
Mientras que en lo que refiere a la culpa in vigilando del Partido del Trabajo, el tribunal resolvió que “no se aprecia algún elemento que compruebe lo referido”.
En un boletín oficial, el Partido del Trabajo señaló que con esta resolución, suman cinco ocasiones en que los tribunales confirman el triunfo de Montero, quien se prepara para asumir un segundo periodo al frente del gobierno juchiteco, este primero de enero de 2022.