En Mérida, el juez de distrito, Héctor Roberto Capetillo Lizama, resolvió vincular a proceso penal a dos ciudadanos por los delitos de amenazas y lesiones en contra de los periodistas David Rico y Alejandro Ruvalcaba el pasado 26 de marzo del 2020 en las instalaciones de la Sección VI del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS), a cargo del secretario general, José Pedro Abraham Pech Magaña.
En la audiencia que se llevó a cabo en el Centro de Justicia Penal Federal en Mérida, el juzgador consideró que la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos en contra de la Libertad de Expresión de la Fiscalía General de la República (FGR) presentó datos de prueba suficientes que demuestran la participación de los imputados en los hechos, además de señalamientos directos por parte delas víctimas y la respectiva identificación a través de videos.
Como parte de la causa penal 60/2021, el juez decretó medias cautelares, en las que los imputados no deben acercarse a las víctimas, como tampoco a sus domicilios ni a sus respectivos lugares de trabajo. Los periodistas acudieron a la audiencia acompañados del asesor jurídico Villevaldo Pech Moo, mientras que los agresores lo hicieron asistidos por el abogado Fernando Alpuche Ojeda y otros dos litigantes.
En la exposición de hechos se mencionó que el pasado 26 de marzo del 2020, los periodistas acudieron a las instalaciones de la Sección VI del SNTSS para entrevistar al secretario general, José Pedro Abraham Pech Magaña, acerca del desbasto de insumos que había en clínicas y hospitales, y que impedía que los trabajadores pudieran atender debidamente a los pacientes con covid-19.
Pero con el argumento de que éste no se encontraba se les negó el acceso, fueron víctimas de amenazas y agresiones físicas, mismas que se documentaron en la audiencia por parte del Ministerio Público.
Los fiscales de la FEADLE presentaron 15 datos de prueba para demostrar que hubo una participación directa de los imputados, así como amenazas y lesiones. Entre los datos presentados están las dos demandas interpuestas por los periodistas, el dictamen pericial folio 526 que da cuenta de la lesión externa sufrida en la persona de David Rico, en el lado derecho del abdomen.
Se presentaron también informes de la SSP y otros escritos del SNTSS. Una de las pruebas presentadas fueron la declaración del secretario general de la Sección VI del SNTSS, quien fue el que señaló, reconoció y dio los nombres de los dos imputados, como “quienes habían tenido un altercado” con los periodistas.
Además, el mismo líder sindical presentó un video cuyo archivo se tituló “agresiones a supuestos periodistas”, lo que los fiscales hicieron notar, de entrada, que se pretendía minimizar el hecho. También hicieron notar que solo se entregaron fragmentos del video y que más adelante, en las indagatorias, se podría investigar el posible ocultamiento de información por parte del sindicato.
Sin embargo, en las imágenes, por medio del dictamen de audio y video 42/496, señalaron, se demuestra la participación de los imputados en los hechos. Consideraron que se acreditaron las circunstancias de tiempo, lugar y modo, y destacaron que la Sección VI del Sindicato no envió completo el video, “por lo que se harán las investigaciones, los apercibimientos y otras medidas” que pudieran tomarse.
El abogado de los imputados, Fernando Alpuche Ojeda, solicitó en su intervención el sobreseimiento de los delitos por amenaza de sus dos representados y que no se vinculara a uno de ellos por el delito de lesiones.
El Juez dijo que la exposición y los motivos del abogado defensor no eran suficientes para una no vinculación y menos para el sobreseimiento. En su argumento dijo que sí hay un señalamiento directo de las víctimas a sus agresores y, aunque no se dieran nombres, sí hay descripciones y fotografías.