Erik Zabalgoitia Novales, juez Décimo Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal, concedió, por última ocasión, una prórroga de 30 días hábiles, para que el Ministerio Público acate la sentencia que le ordenó indagar a fondo este caso y determinar la investigación.
La FGR argumentó que se encuentra recabando documentación e información, misma que ha solicitado a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) sobre los sucesos ocurridos en la madrugada del 30 de junio de 2014 en el interior de una bodega situada en el poblado de San Pedro Limón, en Tlatlaya, a fin de esclarecer los acontecimientos que dieron origen a la averiguación previa.
Hace seis años, el juzgado otorgó un amparo a Claudia “N”, quien fue testigo de los hechos y perdió a su hija en el lugar.
La sentencia definitiva ordenó al Ministerio Público Federal a realizar una investigación exhaustiva del asunto.
En la resolución emitida por Mario Cruz Díaz, secretario del mencionado Juzgado, encargado de despacho, se determinó que la entonces Procuraduría General de la República (PGR) incurrió en falta de diligencia para investigar el caso.
Enfatizó que la PGR no indagó sobre la supuesta orden militar que ordenó el abatimiento de los civiles y tampoco investigó la cadena de mando. “Estas omisiones se traducen en la falta de debida diligencia”, detalla la resolución judicial.
Es de mencionar que, en marzo de 2016, el juzgado Sexto Militar, absolvió a seis de siete militares del delito de infracciones de deberes militares; solo un militar fue sentenciado a un año de prisión por el ilícito de desobediencia, pena que ya había compurgado por el tiempo que pasó en la prisión militar.
La PGR no logró llevar a juicio a ningún presunto responsable, pese a existir señalamientos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en el sentido de que se cometieron ejecuciones extrajudiciales.
Asimismo, en mayo de 2016, el Sexto Tribunal Unitario, con sede en Toluca, Estado de México, ordenó liberar por “falta de elementos para procesar” a tres militares, señalados como presuntos responsables de delitos relacionados con homicidios y alteración del lugar de los hechos. Anteriormente, otros militares también quedaron en libertad por falta de elementos.
La resolución del tribunal, referente a libertad de los soldados no era impugnable, pero en la sentencia el magistrado dejó claro, que el auto de libertad fue dictado “sin perjuicio de que el Fiscal de la Federación aporte pruebas legalmente suficientes para reunir los requisitos legales para la emisión de un auto de formal prisión por este delito o uno diverso en torno al homicidio de referencia”, es decir, el caso no está cerrado y nadie y ha sido exonerado porque no han podido ser juzgados.