La Comisión Permanente del Congreso de la Unión hizo la declaratoria de validez de cuatro reformas a la Constitución Política, entre ellas, se avaló la reforma a la fracción II, Apartado A del artículo 30 de la Constitución, que reconoce como mexicanos a los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos, de madre mexicana o de padre mexicano.
También, con los votos aprobatorios de los congresos de Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, Durango, estado de México, Nayarit, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán, Zacatecas y de la Ciudad de México, se validó la reforma al artículo 74, fracción IV de la Carta Magna que termina con las partidas secretas en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Del mismo modo, se declaró válidas las reformas al artículo 43 constitucional para que el nombre del estado de Michoacán cambie al de Michoacán de Ocampo. Este mismo artículo fue validado para que el estado de Veracruz ahora se llame Veracruz de Ignacio de la Llave.
Los decretos fueron remitidos al titular del Poder Ejecutivo Federal para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).