Se trata del caso de Mario Vallarta Cisneros, hermano de Israel Vallarta, presunto líder de la banda de secuestradores Los Zodiaco, así como de su sobrino Sergio Cortez Vallarta, y de los hermanos Eduardo y Ricardo Estrada Granados.
El Segundo Tribunal Colegiado en Apelación en Materia Penal del Primer Circuito confirmó el fallo emitido el 23 de agosto de 2021, por el ahora extinto juzgado Décimo Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México.
De acuerdo con la resolución consultada, el juez de primera instancia no admitió las pruebas, consistentes en la ratificación de los dictámenes practicados a Mario Vallarta y a los hermanos Eduardo y Ricardo Estrada Granados, ya que estos forman de otra causa penal que está radicada en el juzgado Quinto de Distrito de Procesos Penales Federales.
La fiscalía interpuso un recurso de apelación, pero el magistrado Luis Pérez de la Fuente, decidió unitariamente que, para que la prueba pudiera ser admitida, debió ser ordenada por el juez que conoce la causa donde se está siendo procesado Cárdenas Palomino y más de una de docena de ex agentes de la Policía Federal.
“En la determinación apelada, como se vio, no se admitieron las pruebas ofrecidas por la fiscalía de la federación, consistentes en la ratificación de los dictámenes periciales médicos y psicológicos apegados al Protocolo de Estambul, practicados a las víctimas… Lo cual se sustentó en que los mismos se exhibieron en copia certificada extraída de la causa *** de la estadística del juzgado Quinto de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, por lo que no pueden considerarse como periciales, pues fueron preparados y desahogados en un expediente diverso, de ahí que tienen la calidad de documentales públicas…”, detalla la resolución del Tribunal de Apelación.
MILENIO buscó a Héctor Pérez Rivera, defensor de la familia Vallarta, para conocer su opinión sobre la resolución, y explicó que este asunto provocó una discusión con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) y con la FGR.
Lo anterior, “porque ofrecieron (los dictámenes) que se habían realizado antes…Nosotros señalábamos que era mejor hacer unos nuevos peritajes y que los hiciera CNDH (Comisión Nacional de Derechos Humanos), y la fiscalía y la CEAV decían que eso era revictimización. Nosotros, no coincidimos con ese punto, ya que consideramos que había que actualizar la prueba de daño”, explicó.
El litigante mencionó que desafortunadamente el juez no los aceptó y el Tribunal de Apelación lo confirmó. Indicó que salvo en el caso de Sergio Cortez, sí se aceptó un nuevo dictamen, pero en el caso de Mario Vallarta y los hermanos Eduardo y Ricardo Estrada Granados, “no tienen esa prueba ahorita”.
—¿Hay posibilidad de solicitar que se practiquen nuevamente los dictámenes?
Según la pesquisa de la FGR, Cárdenas Palomino supuestamente actuó de manera dolosa el 27 de abril de 2012, cuando arribó a las inmediaciones del domicilio ubicado en manzana 40, lote 17, de la calle Maurilio Mejía, colonia Hank González, en la entonces delegación Iztapalapa, en la Ciudad de México.
En dicho lugar, sus subalternos y ahora coinculpados (12 agentes de la Policía Federal), se encontraban interrogando a Mario Vallarta, Sergio Cortez Vallarta, y a los hermanos Eduardo y Ricardo Estrada.
“…(Los policías) se encontraban interrogando a los ofendidos en relación con sus presuntas actividades ilícitas…y, al mismo tiempo y con el fin de que aceptaran pertenecer a un grupo delictivo, ejercían sobre ellos actos de violencia física y psicológica”, situación que no fue detenida por el ex mando federal.