Mas de 300 activistas y organizaciones solicitan a la Fiscalía General de la República atraer las investigaciones por la muerte de Luz Raquel Padilla, quemada viva en Zapopan el pasado 16 de julio.
A través de una carta abierta dirigida el fiscal de Jalisco, Luis Joaquín Méndez Ruiz, las organizaciones y activistas muestran su desacuerdo con la forma en que la Fiscalía de Jalisco ha llevado las investigaciones y cómo se informó sobre los resultados en la conferencia de prensa del pasado martes 26 de julio.
“La información vertida en la conferencia de prensa nunca debió haber sido ventilada ante los medios de comunicación, hacerlo de esa manera, violenta también el derecho que tienen las víctimas del delito a ser comunicadas primero de cualquier actuación que vaya a realizar la fiscalía, e incluso compartirlo, con sus asesores jurídicos a efecto de que puedan aportar argumentos y elementos complementarios de prueba, de acuerdo con los principios que rigen el proceso penal mexicano”, señala la carta que se difundió en redes sociales.
Señalan a Fiscalía local de violar ley de Víctimas
Señalaron que la actuación de la Fiscalía estatal en este caso configura violaciones graves a los principios y obligaciones establecidos en la Ley General de Víctimas y la Ley General de Víctimas del Estado de Jalisco, ademásx e que al violar la reserva de la investigación, se está colocando a los ofendidos del delito en un potencial riesgo a su integridad física y personal.
“Consideramos que las actuaciones realizadas por la Fiscalía General a su cargo ameritan que este caso sea atraído por la Fiscalía General de la República a efecto de dar las condiciones para que se pueda continuar con una investigación completa, objetiva, imparcial y apegada a los derechos humanos”, refiere la misiva.
En ese sentido recordaron que el artículo 4 de la Ley General de la Fiscalía General de la República permite solicitar la atracción del caso, pues establece que la FGR “tendrá la facultad de atraer casos del fuero común en los supuestos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tratados internacionales y las leyes aplicables, en los casos en que se demuestre la inactividad o ineficacia de la fiscalía local competente, garantizándose que la investigación y la persecución de delitos no se fragmente”.