Su fanatismo por el personaje de “Baby Yoda” provocó que el Tribunal Electoral multara al actual secretario de Educación de Yucatán, Liborio Vidal Aguilar, y al Partido Acción Nacional por haberlo usado en su campaña como diputado para una comunidad indígena, con lo que violó las reglas de propaganda electoral.
Frente a una computadora viendo la cuenta de Facebook de Vidal Aguilar, posando con personas de pueblos originarios y con ropa con el eslogan de la campaña del entonces candidato al distrito electoral 1 con cabecera en Valladolid, Yucatán, “Baby Yoda” apareció en decenas de publicaciones durante el proceso electoral del 2021.
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió las quejas por el uso de “un producto comercial” que está prohibido en la normativa electoral.
Las magistraturas concluyeron que “en la vestimenta del muñeco mencionado, se colocó un parche con insignia y emblema de campaña de Liborio Vidal, por lo que se observa que fue con la finalidad de asociarlos y generar aceptación y simpatía entre la ciudadanía”.
Por lo que plantearon “la existencia de la vulneración a las reglas de propaganda electoral por el aprovechamiento indebido de publicidad comercial relativa a un personaje, ya que se advierte de las publicaciones en la red social de Facebook de los perfiles ‘Liborio Vidal’, ‘Red Vidal’, que se usó a dicho personaje de manera sistemática en la campaña del entonces candidato”.

Además el entonces candidato incurrió en vulneración a los derechos de la niñez pues en varias publicaciones con “Baby Yoda” salió rodeado de niñas, niños o adolescentes sin que tuviera el permiso de sus padres o tutores.
Por lo que el PAN también incumplió con su deber de cuidado, “ya que llevó a cabo las conductas infractoras mientras fue candidato diputado federal por dicha fuerza política”.
Tanto el partido como el ahora secretario de Educación Pública de Yucatán deberán pagar una multa por 44 mil 810 pesos cada uno y cumplir con medidas de reparación como publicar en sus cuentas de redes sociales un extracto de la sentencia que indique que cometió una infracción electoral, y ésta deberá difundirse en español y en las lenguas que predominen en Valladolid, y a través de radios comunitarios o indígenas de la zona.
El magistrado ponente Luis Espíndola consideraba necesario dar vista a la Secretaría Ejecutiva del INE para que analizara la “dilación excesiva e injustificada” por parte del órgano electoral distrital pues se tomó 16 meses para celebrar una audiencia luego de que, desde mayo del año pasado se le turnó el expediente.
El magistrado explicó que él mismo tuvo que solicitar directamente a la Secretaría Ejecutiva del INE y a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, a la Junta Local del INE en Yucatán y a la distrital “para que se pudieran a hacer las cosas como corresponde hacerlas”, y fue hasta entonces que se concluyó el caso. Sin embargo, sus pares consideraron que bastaba con un llamado al propio órgano local para que tuviera cuidado.