Un Tribunal Federal otorgó un amparo al teniente coronel Wenceslao Cárdenas Acuña, resolución que dejó sin efecto la orden de aprehensión que se libró en su contra por presuntamente formar parte de una red de huachicoleo encabezada por el general Eduardo León Trauwitz.
El teniente del Ejército se desempeñó como coordinador especialista en la Gerencia de Estrategia y Sistemas de Seguridad y Monitoreo, de la Subdirección de Salvaguarda Estratégica de Petróleos Mexicanos (Pemex), donde su labor era diseñar, elaborar y proponer estrategias para evitar el robo de hidrocarburos, a través de la supervisión y vigilancia de los sistemas de seguridad en la medición de ductos.
La orden de captura contra Wenceslao Cárdenas, uno de los militares que no ha sido detenido, fue emitida el 14 de mayo de 2019, por un juez de control del Centro de Justicia Penal Federal adscrito al penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México, por su probable responsabilidad en el delito delincuencia organizada y sustracción ilícita de hidrocarburos.
Por unanimidad, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en la Ciudad de México determinó que “no aprecia los motivos por los que se tuvo por acreditada mínimamente la participación del imputado, como miembro de un grupo de delincuencia organizada (con funciones de supervisión)” con el propósito de lograr la sustracción de los hidrocarburos.
“Este tribunal considera que para otorgar la orden de aprehensión en los términos expuestos por el ministerio público era necesario, efectivamente, que se expresaran los datos de prueba para corroborar la posible existencia de las acciones y omisiones que se le atribuyen…también se deben señalar las razones por las cuales se puede considerar que el mencionado imputado…fue parte de los preparativos o ejecución en la sustracción del petrolífero…”, detalla la sentencia.
El Tribunal mencionó que tratándose del delito de sustracción ilícita de hidrocarburos es necesario que de conformidad con la clasificación del ministerio público se razone la calidad de coautor del quejoso en la comisión del hecho con apariencia del delito, esto es, que fue partícipe en la planeación delictiva.
También, añadió, que era preciso que se expusiera debidamente la existencia de datos de prueba que mínimamente corroboraran que en la omisión reprochada al teniente coronel, de que había acuerdo explícito o tácito con la o las personas que desplegaron la conducta de sustracción. “Por otro lado, este órgano colegiado advierte la existencia de una violación a la garantía de legalidad en perjuicio del recurrente por la cual también debe concedérsele el amparo solicitado”, detalla el fallo.
El Tribunal Colegiado revocó la sentencia emitida por el juzgado Décimo Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal, que rechazó otorgar la protección de la justicia al militar contra la orden de captura. Ahora, el juez de control deberá emitir una nueva resolución donde motive adecuadamente si libra o no la orden de aprehensión.
La FGR consideró que el general Eduardo León Trauwitz, como subdirector de Salvaguarda Estratégica, y distintas personas que él mismo nombró en la dependencia a su cargo (coinculpados), se organizaron y conformaron una organización, cuya finalidad era sustraer hidrocarburos, que operó de manera permanente y reiterada de 2014 a 2017.
La sustracción de hidrocarburos se realizó en los estados de Puebla, Nuevo León, Tamaulipas, Veracruz, Tlaxcala y Ciudad de México, ya que existía un faltante muy grande de petrolífero que se sustraía a través de tomas clandestinas, principalmente de dos poliductos: Minatitlán-México y Madero-Cadereyta.